Umbrales de Contratación Pública
Periodo 2024
R-DC-00123-2023. CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. Despacho Contralor General. San José a las trece horas del doce de diciembre de dos mil veintitrés. Se resuelve: I. —Actualizar los umbrales de los procedimientos de contratación del artículo 36 de la Ley General de Contratación Pública de conformidad con lo que se indica en la siguiente tabla:
Programa de Adquisiciones de Bienes y Servicios
Citado en el ordenamiento jurídico en materia de contratación administrativa:
“La Administración deberá realizar las acciones necesarias para definir sus requerimientos durante un período específico de tiempo, con el objetivo de organizar y garantizar la provisión oportuna de bienes, obras y servicios necesarios para cumplir con los objetivos institucionales, acatando las directrices que sobre la materia de contratación pública se emitan. En el primer mes de cada período presupuestario, la Administración dará a conocer el programa de adquisiciones proyectado, el cual no implicará compromiso alguno de contratar. Tal publicación deberá realizarse en el sistema digital unificado. Se faculta el empleo de alertas tempranas que constituyen avisos mediante los cuales se comunica la intención de la Administración de efectuar un procedimiento de compra, antes de que se ponga a disposición el pliego de condiciones, con el propósito de informar a los terceros interesados y para alertar a los posibles oferentes y permitirles una preparación previa al momento de la promoción del concurso. Para ello, se podrán poner a disposición estudios, diseños u otra información relevante para los potenciales oferentes en el sistema digital unificado. La realización de alertas tempranas no implica una obligación de promover el procedimiento.” (Artículo 31 de la Ley General de Contratación Pública).
“Todas las instituciones públicas deberán divulgar el respectivo programa de adquisiciones y sus eventuales modificaciones a través del sistema digital unificado.” (Artículo 80 del Reglamento a la Ley General de Contratación Pública).
Plan de Compras Institucional
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Evaluación y Plan de Mejoras - Programa de Compras Institucional
Una vez finalizado el ejercicio económico, es necesario la evaluación del plan de adquisiciones de bienes y servicios, con el fin de verificar el cumplimiento de los criterios de eficiencia y eficacia, así como la adopción de medidas correctivas para alcanzar las metas y objetivos, mejorando la toma de decisiones con respecto a la gestión de las compras institucionales, y su vinculación con la estrategia institucional.